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Durante el feriado de Semana Santa (15, 16 y 17 de abril de 2022), se reducirá el Impuesto al Valor Agregado (IVA) del 12% al 8% para los servicios turÃsticos. Asà se establece en el Decreto presidencial 339, suscrito en enero de 2022. El descanso es obligatorio y nacional, por lo que NO es recuperable.
IVA se reducirá durante feriado de Semana Santa
El documento, firmado por el presidente Guillermo Lasso, señala que se reduce el IVA al 8% por la prestación de todos los servicios definidos como actividades turÃsticas de conformidad con el artÃculo 5 de la Ley de Turismo, a favor de las personas naturales o sociedades nacionales o extranjeras a nivel nacional.
Será entonces el Servicio de Rentas Internas (SRI) que realizará todas las acciones necesarias para facilitar lo dispuesto por el referido Decreto. Asimismo, los establecimientos que presten los servicios definidos como actividades turÃsticas, de conformidad con el artÃculo 5 de la Ley de Turismo, emitirán los respectivos comprobantes de venta de conformidad con la tarifa establecida en el documento presidencial.
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Recordemos que el artÃculo 5 de la Ley de Turismo considera actividades turÃsticas las desarrolladas por personas naturales o jurÃdicas que se dediquen a la prestación remunerada de modo habitual a una o más de las siguientes actividades:
- Alojamiento.
- Servicio de alimentos y bebidas.
- Transportación, cuando se dedica principalmente al turismo; inclusive el transporte aéreo, marÃtimo, fluvial, terrestre y el alquiler de vehÃculos para este propósito.
- Operación, cuando las agencias de viajes provean su propio transporte, esa actividad se considerará parte del agenciamiento.
- La de intermediación, agencia de servicios turÃsticos y organizadoras de eventos congresos y convenciones.
- Casinos, salas de juego (bingo-mecánicos) hipódromos y parques de atracciones estables.
En ese sentido, el Ministerio de Turismo puso a disposición la lista de más 21.000 negocios turÃsticos, registrados en el catastro del Ministerio de Turismo y del Servicio de Rentas Internas (SRI). Para la verificación de los establecimientos en el siguiente link.
Por tanto, se recomienda a los establecimientos turÃsticos actualizar la información de sus medios de pago, para brindar mayores facilidades de consumo a los usuarios.
Los establecimientos turÃsticos que no consten en el mencionado catastro, regularizar su estatus ingresando a https://siturin.turismo.gob.ec/login o contactándose a: catastros@turismo.gob.ec hasta el 5 de abril de 2022.
Es asà que los consumidores podrán beneficiarse del descuento tributario durante esos dÃas de feriado.
Trabajamos para fortalecer la reactivación turÃstica por lo que hacemos un llamado a los empresarios turÃsticos a mantener su registro e información de contacto al dÃa en la plataforma informática institucional.
Segundo feriado con IVA al 8%
Será el segundo feriado en el que se aplicará la reducción del IVA al 8%. El primero fue el de Carnaval, que tuvo cuatro dÃas de asueto. Cifras del Ministerio de Turismo se registraron 752.000 viajes durante esos dÃas de asueto. Unos USD 48.9 millones movió ese sector durante esa fecha.
Fuente Metro Ecuador