El alto tribunal dejó sin efecto varios artículos de la norma aprobada tras la pandemia y recomendó a la Asamblea evaluar su vigencia en la actualidad.
Con seis votos a favor y tres en contra, la Corte Constitucional declaró la inconstitucionalidad de los artículos 16, 17 (primer inciso), 18 y una frase del artículo 19 de la Ley de Apoyo Humanitario. La decisión, emitida el 14 de febrero de 2025, responde a demandas de sindicatos y legisladores que cuestionaban la vulneración de derechos laborales.

Los artículos anulados regulaban medidas como la reducción emergente de la jornada de trabajo y contratos especiales, además de permitir la terminación unilateral del contrato por parte del empleador.
La Corte también estableció condiciones para la constitucionalidad de otras disposiciones, como el límite del 50% en la reducción de la jornada laboral y la obligatoriedad del consentimiento del servidor público para el teletrabajo, salvo en casos excepcionales.
Además, el organismo exhortó a la Asamblea Nacional a revisar si la ley sigue siendo adecuada en el contexto actual y, de ser necesario, realizar modificaciones.