SRI establece sanciones de hasta USD 13.800 por no entregar comprobantes de venta

El Servicio de Rentas Internas (SRI) ha emitido la resolución No. NAC-DGERCGC24-00000022, con fecha 6 de junio de 2024, en la que establece sanciones para todos los contribuyentes que no entreguen comprobantes de venta a sus clientes. Esta medida abarca a grandes empresas, bancos, cooperativas y emprendedores sujetos al régimen RIMPE, entre otros.



Las sanciones, que forman parte del artículo innumerado agregado luego del artículo 103 de la Ley de Régimen Tributario Interno, se aplicarán en casos como la entrega de comprobantes físicos con autorización caducada, comprobantes electrónicos emitidos sin autorización, comprobantes pertenecientes a otro contribuyente o comprobantes no autorizados. Además, se sancionará la no transmisión de las notas de venta a la Administración Tributaria.


Las multas pecuniarias establecidas en la resolución oscilan entre una y 30 remuneraciones básicas unificadas, es decir, desde USD 460 hasta USD 13.800, dependiendo de la infracción cometida y el tamaño del contribuyente.


La resolución entrará en vigencia una vez que sea publicada en el Registro Oficial, trámite que aún no se ha efectuado. Con esta medida, el SRI busca reforzar el cumplimiento de las obligaciones tributarias y garantizar la transparencia en las transacciones comerciales.



Tags

Publicar un comentario

0 Comentarios

Top Post Ad

Imagen de WhatsApp 2024-08-01 a las 12.59.18_4b11618b

Below Post Ad