Una sentencia histórica de la Corte Constitucional pone fin a los cobros abusivos de operadoras móviles, y desde Chimborazo a todo Ecuador, los usuarios ganan una batalla por sus derechos con Arcotel obligado a reformar las reglas en seis meses.
El 6 de febrero de 2025, la Corte Constitucional emitió una sentencia que prohíbe a las operadoras de telefonía celular realizar cobros por servicios o equipos no solicitados, tras una acción de protección de la Defensoría del Pueblo a favor de 65 usuarios en Pichincha. El fallo, notificado hace un mes, ordena a la Agencia de Regulación y Control de las Telecomunicaciones (Arcotel) reformar sus reglamentos en un plazo de seis meses para garantizar verificación de identidad en contratos, mecanismos efectivos de reclamación y manejo adecuado de datos personales. Este 10 de marzo, Arcotel anunció que ya inició el proceso, prometiendo proteger a los consumidores de abusos.

La sentencia, que vincula los derechos de usuarios a los artículos 52 y 53 de la Constitución, exige respuestas oportunas de las operadoras. Desde el 5 de marzo, usuarios de Otecel recibieron mensajes informando que cobros no autorizados son ilegales y pueden denunciarse ante la Defensoría del Pueblo o vía judicial. Arcotel asegura que atenderá reclamos en segunda instancia, mientras el Gobierno extiende hasta el 15 de mayo la negociación de contratos con las telefónicas, alineándose con esta reforma.