Corte Constitucional declara inconstitucional la destitución de Verónica Abad y reafirma derechos constitucionales

 La Corte Constitucional resolvió este viernes la consulta de norma relacionada con el sumario administrativo iniciado por el Ministerio de Trabajo contra la vicepresidenta Verónica Abad, proceso que resultó en su ilegal destitución, según lo determinado por el tribunal.



Inconstitucionalidad del acuerdo ministerial

El máximo órgano judicial declaró inconstitucional el acuerdo ministerial que permitía al gobierno de Daniel Noboa modificar una normativa para que una funcionaria del Ministerio de Trabajo pudiera sancionar a la Vicepresidenta. En su fallo, la Corte subraya que esta normativa no es aplicable a funcionarios de elección popular, como lo es la segunda mandataria, pues contraviene el derecho constitucional a elegir y ser elegido.

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Implicaciones para la destitución

La Corte aclara que ninguna autoridad administrativa tiene facultades para suspender o destituir a la Vicepresidenta, ya que esta acción afecta los derechos fundamentales previstos en la Constitución. En consecuencia, el Tribunal de Justicia de Pichincha deberá emitir un pronunciamiento sobre la apelación de la acción de protección que fue previamente negada en primera instancia por la jueza Gloria Mayorga.

Causales de destitución según la Constitución

La Corte también reiteró que las causales de destitución de la Vicepresidenta están limitadas a lo dispuesto en la Constitución, es decir, por renuncia, destitución o el fin de su mandato. Asimismo, se reafirmó que en caso de ausencia temporal del Presidente, la Vicepresidenta debe asumir la presidencia, con causales tales como enfermedad, fuerza mayor por hasta tres meses, o licencia concedida por la Asamblea Nacional.

Reacciones y análisis

El abogado constitucionalista José Chalco destacó la importancia del fallo, ya que "alecciona sobre el respeto a la Constitución". Asimismo, Chalco analizó que este fallo allana el camino para futuras decisiones sobre los decretos emitidos por Noboa en los que se alegó fuerza mayor para delegar la Presidencia.

Este pronunciamiento de la Corte Constitucional subraya la defensa del orden constitucional y los derechos de los funcionarios electos por votación popular en Ecuador.

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