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Los ciudadanos podrán justificar la inasistencia a votar si es que cumplen con los requisitos de las causales para no recibir una sanción económica. Foto: CNE
El 5 de febrero de 2023 se desarrollarán las votaciones para escoger a nuevas dignidades seccionales en Ecuador. Las personas entre 18 y 64 años tienen el voto obligatorio, los ciudadanos fuera de este rango de edad tienen el voto facultativo. Existen cinco causales para justificar la inasistencia a votar. Las personas que no acudan a sufragar y no tengan justificación recibirán una sanción económica.
Si alguna persona no puede acercarse a votar por alguna eventualidad, el ciudadano podrá acudir a otro recinto electoral cercano para pedir el certificado de presentación. Este documento permitirá realizar trámites por los siguientes 60 dÃas. Sin embargo, deberá pagar la multa por no votar en las seccionales de 2023.
Razones para justificar la inasistencia a votar
Según el Código de la Democracia, las personas que no incurren en faltas previstas en el artÃculo 292 son:
Si alguna persona no puede acercarse a votar por alguna eventualidad, el ciudadano podrá acudir a otro recinto electoral cercano para pedir el certificado de presentación. Este documento permitirá realizar trámites por los siguientes 60 dÃas. Sin embargo, deberá pagar la multa por no votar en las seccionales de 2023.
Razones para justificar la inasistencia a votar
Según el Código de la Democracia, las personas que no incurren en faltas previstas en el artÃculo 292 son:
- Quienes no pueden votar por mandato legal.
- Quienes no pudieron votar por motivo de salud o por impedimento fÃsico comprobados con el certificado de un facultativo médico del Sistema Nacional de Salud Público o Privado.
- Quienes hayan sufrido calamidad doméstica grave ocurrida en el dÃa de las elecciones o hasta ocho dÃas antes.
- Quienes en el dÃa de las elecciones se ausenten o lleguen al paÃs, asà como aquellos que se encuentren fuera del territorio nacional.
- Quienes, por tener voto facultativo, no están obligados a votar de conformidad con el artÃculo 62 numeral 2 de la Constitución.
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Estas son las multas
- El ciudadano que no realice la capacitación del CNE tendrá una sanción económica del 10% del Salario Básico Unificado (SBU), es decir, con base en la remuneración de este 2022, deberá cancelar USD 42,50.
- La persona que no asista a su Mesa electoral para formar la Junta receptora del voto será sancionada con el 15% del SBU y, según la remuneración de este 2022, tendrá que pagar USD 63,75.
- Si una persona abandona la mesa sin justificar, tendrá un castigo de 11 a 20 salarios básicos, que según el ingreso en este 2022 se deberá pagar entre USD 4 675 y USD 8 500. Esta es una infracción que se considera grave.
Fuente El Comercio
- La multa por no asistir a votar es del 10% del SBU, USD 42,50.